Resumen del Artículo Disposición adicional decimoctava

Artículo Disposición adicional decimoctava del Ley de Marcas (LM) — Disposición adicional decimoctava. Proyecto de Ley de denominaciones de personas jurídicas. El Gobierno, en el plazo oportuno y tras los estudios y consultas que fueren necesarios, remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de Ley sobre el régimen de las denominaciones…

LMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional decimoctavaDisposición adicional decimoctava

Disposición adicional decimoctava. Proyecto de Ley de denominaciones de personas jurídicas.

El Gobierno, en el plazo oportuno y tras los estudios y consultas que fueren necesarios, remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de Ley sobre el régimen de las denominaciones sociales de las entidades jurídicas.

Norma publicada: 7 de diciembre de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional decimoctava

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional decimoctava del LM?

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¿El Artículo Disposición adicional decimoctava del LM está vigente?

El artículo Disposición adicional decimoctava del LM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional decimoctava dentro del LM?

Forma parte del articulado del Ley de Marcas.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional decimoctava?

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